La Constitución Española en el art. 148 faculta a las Comunidades Autónomas a asumir en plenitud competencias en materia de asistencia social, y en virtud de ello se desarrollan normativas referentes a la protección de la infancia y la adolescencia.
El Estatuto de Autonomía para Cantabria, en el art. 24.23 recoge la competencia exclusiva en materia de atención y protección de los niños, niñas y adolescentes residentes en el territorio de la Comunidad Autónoma. Esto comporta la constitución y aplicación de los distintos instrumentos que dan lugar a la acción protectora de la Administración; todo ello con el objetivo final de conseguir un mayor nivel de bienestar para la infancia y la adolescencia.
Disponible en la página Web del BOE
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